El sistema jurídico chileno contempla el denominado régimen de propiedad inscrita. En términos simples esto significa que la compraventa de un bien raíz, que se lleva a cabo mediante la pertinente escritura pública suscrita ante Notario, no transfiere el dominio del respectivo inmueble, sino que simplemente constituye un título traslaticio, ya que la tradición, transferencia de dominio o cambio de dueño se produce con posterioridad a la compraventa; sólo una vez que se ha inscrito en el Registro de Propiedad del correspondiente Conservador de Bienes Raíces el respectivo bien raíz a nombre del comprador.
¿Qué es? El Conservador de Bienes Raíces es un auxiliar de la administración de justicia nombrado por el Presidente de la República que tiene por función inscribir en sus registros todos los títulos relativos a bienes raíces que se le presenten. Por ejemplo compraventas, hipotecas, prohibiciones voluntarias, servidumbres, interdicciones etc. ¿Cuánto tiempo demora la inscripción de una compraventa en el Conservador de Bienes Raíces? Este ejercicio depende del tipo de compraventa que se trate. Si es una operación al contado sin alzamiento, demorará alrededor de siete días hábiles bancarios. Si por el contrario, se trata de una operación con financiamiento bancario el plazo será bastante más largo, en este caso será alrededor de veinte días hábiles bancarios. Es decir un mes desde su ingreso. Demora bastante tiempo en atención a que la escritura de compraventa transita por varios departamentos del Conservador. Al momento de su ingreso se le asigna un número de carátula a la solicitud, con el cual se puede consultar durante todo el proceso. Tratándose del Conservador de Bienes Raíces de Santiago la consulta y seguimiento se puede hacer por Internet. Lo primero que se hace es anotar la operación en el Repertorio, luego pasa al Departamento de Estudio, en el cual los funcionarios revisan que todo esté en regla, que no existan embargos, medidas precautorias o prohibiciones legales y que la escritura esté bien hecha. Acto seguido la escritura se envía al Departamento de inscripciones. Posteriormente, la escritura se envía a otro Departamento para que se proceda a cancelar la inscripción anterior a nombre del vendedor. Luego, si es que existía hipoteca que garantizaba un crédito del vendedor, la escritura pasa a otro funcionario para proceder al alzamiento de la Hipoteca y Prohibición anteriores. |
En qué consiste el Conservador de Bienes Raíces / Toda operación de compra-venta de un inmueble debe ser registrada por este ente administrativo.
